La medida legal que aprueba el Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo, para combatir la crisis generada por el conflicto entre Rusia y Ucrania con relación a los alquileres, es:
Limita el incremento de las subidas del alquiler.
El máximo lo sitúa en la variación anual del ultimo Índice de garantía de Competitividad, publicado antes de la actualización, – corresponde al de enero de 2022 que es de 2,02%-.
¿Cómo afecta a propietarios e Inquilinos?
La medida se aplica a contratos de viviendas – No de locales- que tengan que ser revisados entre el 1 de abril y el 30 de junio. Con posibilidad de que se prorroguen estos plazos.
De no haber prorroga se continuará como ahora, libre subida de precios del alquiler.
¿Cómo afecta si el arrendador es Grande Tenedor?
Los grandes tenedores son personas físicas o jurídicas titulares de más 10 inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más 1.500m2 de uso residencial, el limite lo tienen la ultima variación publicada en ICG que se aplica de forma directa e imperativa. No podrá superarse este limite.
¿Cómo afecta a pequeños propietarios?
Los pequeños propietarios son los que no son grandes tenedores, explicado en el punto anterior, la norma establece que las partes, arrendador y arrendatario pacten cuál será el incremento que aplicar.
Si no hay pacto entre ambos, el incremento no podrá superar la ultima variación anual del IGC publicada, (un 2%).
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